«Una clarísima alineación indebida», vamos ¡digo YO!
El «señor YO», el jefe de PRONOS, se ha querido unir a las voces que «mi no entender» sobre el retraso del llamado JUEZ ÚNICO en el caso de la alineación indebida en el Valencia Basket-La Laguna Tenerife
«YO, mi otro YO y YO mismo» no entendemos la falta de seriedad con la que los de la ACB se toman la normativa oficial. Pregunto YO, ¿estará esperando este señor Único a que los dos clubes se clasifiquen oficialmente para la Copa y decir, pues así se quedan y una multa de cinco duros para el infractor? O ¿estará esperando a que la ACB le abone las minutas de la temporada pasada?… MI NO ENTENDER nada, pero le uno a las protestas de BASKETMANIATENERIFE.ES y de SUPERBASKET CANARIAS, que dirigen mis amigos Agustín Arias y José Luis Hernández. Hasta más ver, que será esta tarde en el Santiago Martín».
VALENCIA – CANARIAS. ALINEACIÓN INDEBIDA DE AMIDA BRIMAH
CAPITULO 6.- Delegado ACB.
Artículo 25.- Antes de comenzar el partido, comprobará la identidad de todos los componentes de ambos equipos y verificará que están relacionados en la autorización emitida para ese partido.
A SABER: Se habla de una “autorización emitida” Si el susodicho Pepito estaba en la autorización, al Delegado se la sopla.
CAPÍTULO 2.- Partidos.
Artículo 35.- En ningún caso se podrá alinear en el partido aplazado a un jugador que ya hubiera disputado con otro Club ACB esa misma jornada de la liga.
A SABER: El susodicho «Pepito» jugó con el Manresa la 6ª Jornada. Resulta que no se podía alinear pero se alineó “Yo, mi otro Yo y Yo mismo, es decir , los tres lo vemos clarísimo”
CAPÍTULO 3.- Equipo Arbitral.
Artículo 41.- En caso de disconformidad con el resultado del partido, los capitanes de los equipos podrán firmar “bajo protesta” en la forma establecida por las Reglas Oficiales de Baloncesto, teniendo en cuenta, que no se considerará una vez cerrada y firmada el acta.
A SABER: ¿ Se cumplió a rajatabla ? Si es así, adelante con los faroles.
Artículo 42.- El árbitro principal informará al dorso del acta oficial del partido, de cuantas incidencias ocurran antes, durante y después del mismo, tanto en lo que refiere al cumplimiento de las normas que rijan para la competición como al comportamiento de los equipos y el público.
A SABER: Ahí el único que no se comportó bien fue el Valencia que alineó al susodicho Pepito. Lo del Delegado y lo del señor que tenía el Pito Principal ¡Perdón silbato! es pasable por no estar en el meollo del asunto.
Artículo 43.- Todo él se refiere al envío del acta digital al Departamento de Competición de ACB…
A SABER: El Acta aludida seguro se encuentra en el Departamento citado durmiendo el sueño de los justos hasta que algún justo tenga a bien despertarla.
Artículo 52.- El Juez Único de Competición de la FEB resolverá sobre la repetición de un partido si el acta arbitral…
A SABER: Sólo habla de “repetición”… ¿ Y pèrdida del partido ? “ Yo, mi otro Yo y Yo mismo hasta ahí no llegamos.
Artículo 75.- Se podrán someter al Tribunal Español de Arbitraje Deportivo del Comité Olímpico Español, los conflitos surgidos entre la ACB y los Clubes afiliados a la misma en cada temporada, así como los conflictos surgidos entre los Clubes.
A SABER: Pos ya saben, los del Canarias, lo que hay que hacer si lo que resuelva el Juez Único sobre el asunto del susodicho Pepito no les gusta.
NOTA ACLARATORIA: De todas formas, tanto el Yo como el otro Yo y el Yo mismo no tienen ni pajolera idea de Derecho y mucho menos de este Derecho que se inventaron los de la FEB arrejuntados con los de la ACB.
¡¡¡ FELIZ AÑO NUEVO PARA TODOS !!!
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